Separación o divorcio, ¿cuál me conviene?

Aunque en el día a día utilizamos estos dos términos como sinónimos, lo cierto es que no
lo son, aquí dejamos una breve explicación de sus diferencias y coincidencias.

Diferencias:

  • El divorcio tiene carácter definitivo, rompe la unión legal entre los cónyuges. La
    separación tiene carácter (teóricamente) temporal, no rompe la unión legal y por tanto, los
    cónyuges siguen casados.
  • El divorcio no permite la reconciliación (salvo nuevo matrimonio), sin embargo, la
    separación permite la reconciliación con una simple comunicación al juzgado, reanudando
    el matrimonio y todos sus efectos.
  • Con el divorcio se adquiere plena libertad para contraer un nuevo matrimonio, con la
    separación no, el matrimonio solo está en «suspenso».

Coincidencias:

  • Ambos procedimientos pueden ser de mutuo acuerdo o contenciosos y terminan con una
    sentencia.
  • Se necesita un Convenio Regulador que regirá las relaciones paterno-materno-filiales y
    patrimoniales.
  • Se disuelve el régimen económico matrimonial (gananciales).
  • Aunque son más frecuentes en los divorcios, las pensiones compensatorias también son
    posibles en las separaciones.
  • Respecto a los derechos hereditarios, en ambos casos se pierden (recuperables en la
    separación con reconciliación judicial).

Además:

  • La separación es cada vez menos frecuente debido al perjuicio económico que supone
    ya que, si no hay reconciliación, los cónyuges deben soportar otra vez los costes de
    abogados y procuradores para divorciarse.
  • Muchos matrimonios en crisis deciden separarse solo «de hecho” mientras contemplan la
    posibilidad de darse una segunda oportunidad o divorciarse. Esta no es una opción
    aconsejable cuando existen hijos menores y/o intereses económicos encontrados.
  • No obstante, la separación judicial sí puede ser una buena solución para aquellas
    personas que han estado casadas muchos años y, aunque no atraviesan un buen
    momento y contemplan divorciarse, no quieren perder los derechos adquiridos (pensión de
    viudedad).


Seguro que ahora puedes valorar mucho mejor cuál es la opción más adecuada para ti!

¡Pide tu primera consulta!

← Back

Se ha enviado tu mensaje

Advertencia
Advertencia
Advertencia
Advertencia
¡Aviso!